viernes, 7 de abril de 2017

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO CORRESPONDIENTE A PLAZAS DE PERSONAL FUNCIONARIO DE LOS CUERPOS DOCENTES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA PARA EL AÑO 2017

El Diario Oficial de Galicia de hoy viernes 7 de abril publica el decreto por el que se aprueba la oferta de empleo público, correspondiente a los cuerpos docentes que imparten las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, para el año 2017 en los términos que se establecen en este decreto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia. 

Cuantificación de la oferta de empleo público

Cuerpo de maestros: 400.
Cuerpo de profesores de enseñanza secundaria: 540.
Cuerpo de profesores de música y artes escénicas: 23.
Cuerpo de profesores técnicos de formación profesional: 80.

Distribución de las plazas del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria y del cuerpo de profesores de música y de artes escénicas

Las plazas correspondientes al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria se distribuirán entre el sistema de ingreso libre y la promoción interna de la siguiente manera:
a) Sistema de ingreso libre: 432.
b) Sistema de acceso desde los cuerpos docentes clasificados en el subgrupo A2: 108.
Las 23 plazas correspondientes al cuerpo de profesores de música y artes escénicas son para el sistema de acceso de funcionarios docentes al mismo subgrupo y nivel de complemento de destino.

Reserva para personas con discapacidad

Del total de plazas ofertadas para ingreso y acceso se reservará una cuota del 7 % del conjunto de ellas para ser cubiertas por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. La distribución de dicha reserva por especialidades se efectuará en la convocatoria de las pruebas selectivas. En el supuesto de que alguna persona aspirante con discapacidad que se presentara por el turno de reserva superase la prueba y no obtuviese plaza en el citado turno, siendo su puntuación superior a la obtenida por otro personal aspirante del sistema de ingreso o de acceso, será incluido o incluida por su orden de puntuación en el sistema que proceda.

Admisión de personas con discapacidad

1. En las pruebas selectivas para el acceso a las plazas ofertadas serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones que los demás aspirantes.

Las convocatorias no establecerán exclusiones por limitaciones físicas o psíquicas, sin perjuicio de las incompatibilidades con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

2. En las pruebas selectivas se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten, las adaptaciones de tiempo y medios para su realización. En las convocatorias se indicará claramente esta posibilidad, así como que el personal interesado deberá formular la petición concreta en la correspondiente solicitud de participación.

A tal efecto, los tribunales de selección podrán requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración competente.
Para ver el decreto consultar en Diario Oficial de Galicia


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